Opinión: "Los jueces y la opinión pública" - Universidad Católica del Maule
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Opinión: “Los jueces y la opinión pública”

Opinión: “Los jueces y la opinión pública”
29 Oct 2024

Francisco Medina Krause, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Católica del Maule y de la Universidad de los Andes. Investigador de Polis, el observatorio constitucional de la Universidad de los Andes.

Durante los últimos años, en Chile se ha intensificado un fenómeno que denominaremos “la judicialización de la prensa”, y que consiste en la instrumentalización de la televisión, los diarios y la radio, para fines litigiosos. En concreto, queremos decir que cada vez es más habitual que los abogados de las partes pretendan ganar determinados juicios por la prensa, es decir, por la fuerza de la presión mediática.

Pensemos, por ejemplo, en todos los casos que hoy tienen consternada a la ciudadanía y a la clase política. En cada uno de ellos los abogados patrocinantes han ofrecido extensas entrevistas televisivas y radiales, contestando con todo gusto las preguntas de diversos medios de comunicación. También han solicitado expresamente que las audiencias sean transmitidas en vivo, para que todo el país conozca sus argumentos inmediatamente. Atrás quedaron los tiempos donde la única instancia en que los abogados declaraban públicamente era a la salida de tribunales, apurados, incómodos, y sin entregar detalles. Eso quedó en el pasado.

Evidentemente que lo anterior responde a una convicción previa: en ciertos casos, para los juzgadores es difícil decidir en contra de la opinión pública generalizada. Especialmente si dicha opinión va acompañada de sentimientos como la frustración, la tristeza o la rabia. Ahora bien, por supuesto que la presión mediática siempre se ha ejercido en Chile y en el mundo, dado que los jueces no pueden vivir aislados del contexto social en el que ejercen sus funciones. Preocupa, sin embargo, la habitualidad de este recurso.

En este sentido, no está de más recordar que los tribunales han de ceñirse estrictamente al principio de independencia del artículo 76 de la Constitución, el que no sólo debe predicarse respecto del Poder Ejecutivo y Legislativo, sino también respecto de la opinión pública. En último término, estamos hablando sobre la obligación judicial de fallar conforme a derecho, y de no arrogarse otra autoridad o derechos que los que expresamente se les hayan conferido en virtud de la Constitución o las leyes (art. 7 de la Constitución).

En resumen, el sostenimiento del Estado de derecho requiere un esfuerzo colaborativo. Exige, por tanto, una prensa responsable, unos abogados prudentes y un poder judicial independiente.

“Las opiniones vertidas en esta columna son de exclusiva responsabilidad de quienes las emiten y no representan necesariamente el pensamiento de la Universidad Católica del Maule”.

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