Grave falta ética y legal afectó a pacientes con Covid-19
La filtración y difusión de datos personales implica una grave vulneración de la privacidad, además de la violación de la Ley de Derechos y Deberes de los usuarios en Salud. El caso fue denunciado ante la fiscalía por el intendente regional, Pablo Milad.
Nombre, dirección, RUT y teléfono fueron algunos de los datos que durante el pasado 23 de marzo comenzaron a circular en redes sociales. Se trataba de la nómina de pacientes y personas en seguimiento por Covid-19 que, según explicó Marlene Durán, seremi de Salud, fue generada en su dependencia y compartida con los fiscalizadores y con el Ejército a través de un correo electrónico, con el objetivo de realizar las inspecciones correspondientes.
La académica de Enfermería de la Universidad Católica del Maule (UCM), Margarita Poblete, señaló que el hecho constituye una vulneración grave a la privacidad de los pacientes. De hecho, el intendente Pablo Milad interpuso una denuncia ante la Fiscalía y la autoridad sanitaria anunció un sumario interno.
Poblete explicó que “La Ley 20.584 de Derechos y Deberes de los Usuarios en Salud, protege a los pacientes a través del artículo 5, en el que se hace énfasis en respetar y proteger la vida privada y la honra de las personas, aspecto que fue pasado a llevar al entregar y publicar esta información sin consentimiento informado”, dijo.
Esto implica que tanto quien filtró la información como quien la compartió posteriormente o replicó en diversas redes sociales, incurrió en una violación a esta normativa. “La ley también hace mención que todos los datos que se refieren a la salud de las personas contenidas en la ficha clínica son datos sensibles”, indicó la académica de la UCM.
Grave falta ética
Si bien aún es motivo de investigación quién fue la persona que filtró la información, la académica recordó que todos los ciudadanos deben tener presente la gravedad de difundir información personal y que los profesionales de la salud son quienes deben tener aún más presente.
“Las situaciones que se presentan en el cuidado de la salud de las personas exigen desvelar aspectos de la intimidad personal, que en la vida corriente quedarían reservados a relaciones de familiaridad”, puntualizó.
“El secreto profesional en el ámbito sanitario es uno de los pilares básicos sobre los que se asienta la relación con los profesionales sanitarios ya que estos acceden a datos personales y de salud pertenecientes a la esfera íntima de la persona, cuya divulgación podría suponer su estigmatización o discriminación”, añadió.
Para Margarita Poblete, cuando una persona consulta por problemas de salud, “Se establece una relación de confianza que no puede ser quebrantada, siendo considerada una responsabilidad moral para el profesional”. Además, en el caso de los enfermeros y enfermeras, “La interacción que se establece entre el cuidador y la persona cuidada es una relación excepcional de proximidad, que debe ser respetada y protegida”, sostuvo.