Entrevista: “No existe una regulación específica que autorice el uso de un arma de fuego”
Diferentes casos de connotación pública han refrescado la discusión sobre el uso de armas en Chile. En entrevista, el académico de la Escuela de Derecho de la Universidad Católica del Maule, Roberto Navarro Dolmestch, comparte su mirada jurídica respecto del uso de armas en Chile.
¿Cuál es la legislación vigente en Chile que regula el uso legítimo de armas?
La principal regulación en nuestro país se encuentra en la Ley de Control de Armas que fue dictada en 1978 y desde entonces ha sufrido muchas disposiciones.
¿Cuáles son los requisitos legales para obtener un permiso de porte de armas en Chile?
Para las personas civiles, sólo está permitido el tener un arma en la casa. La regla general es que no existe un permiso para portar el arma, es decir, llevarla consigo en la calle o en lugares públicos o privados. La excepción a esta regla son las armas deportivas y de caza, pero en este caso sólo se permite transportarlas desde el domicilio del titular del arma hasta el lugar en el que practica el deporte o la disciplina, como un polígono de tiro, por ejemplo.
Los funcionarios de las Fuerzas Armadas, de Carabineros y los efectivos de la Policía de Investigaciones están autorizados para el porte de armas de fuego. Estas personas pueden llevar consigo armas de fuego y ellos deben ajustarse a las regulaciones de sus propias instituciones.
¿Qué categorías de armas están permitidas para uso legítimo en Chile?
La ley distingue un primer grupo de armas que son las prohibidas, respecto de las cuales no puede otorgarse permiso para tenerlas o poseerlas a persona alguna. Dentro de las armas prohibidas para las personas en general están las armas de guerra, las armas fabricadas artesanalmente o las armas convencionales, pero que hayan sido modificadas.
Luego, están las armas que se llaman convencionales que son aquellas fabricadas como armas de fuego y que, dentro de los requisitos reglamentarios, puedan ser poseídas por las personas.
¿Cuáles son las circunstancias en las que se permite el uso de armas de fuego en defensa propia en Chile?
No existe una regulación específica que autorice el uso de un arma de fuego. En el caso de los funcionarios policiales, el uso de las armas de fuego está regulado por las normas de sus instituciones, así como respecto de los efectivos de las Fuerzas Armadas.
Para las personas civiles, es decir, las personas comunes, la ley ha regulado casos en los que uno puede defenderse de una agresión. Y es posible defenderse usando un arma de fuego, ya sea como elemento disuasivo frente al atacante, o percutiendo el arma en contra de él.
Entonces, existen reglas generales sobre la posibilidad de defenderse, pero una regulación específica para los civiles de cuándo y bajo qué supuestos está autorizado usar el arma de fuego, no existe.
¿Cuáles son las restricciones legales para el uso de armas en situaciones de legítima defensa en Chile?
La legítima defensa se encuentra regulada en el Código Penal, con normas lo suficientemente claras que les han permitido estar vigentes desde 1874, fecha en la que se aprobó el Código Penal.
Como su nombre lo indica, consiste en el permiso o autorización que confiere la ley a una persona para que esta se defienda en el momento en que sufre una agresión. Por eso, el primer requisito es que exista una agresión. Por ejemplo, si voy caminando por la calle y alguien me asalta con un cuchillo exigiéndome que le entregue mis cosas, esa es una agresión. Lo mismo si alguien entra a mi casa a robar o alguien me insulta.
El segundo requisito legal que actúa como una restricción a la legítima defensa es que la defensa de mi parte se produzca justo antes de la agresión o en el momento en que ella se produzca. Si la agresión termina, ya no hay permiso para defenderse. En el ejemplo del asalto en la calle, sólo estoy legalmente autorizado para defenderme hasta que el asalto termina. Si después de que soy asaltado y mientras el asaltante va huyendo, pido ayuda y con un amigo salimos en persecución del asaltante, le damos alcance y le pegamos para recuperar mis cosas, ya no hay legítima defensa porque la agresión ya había terminado con anterioridad.
Un tercer requisito es que la defensa sea proporcional a la agresión, es decir, que debe haber una equivalencia entre el tipo de peligro que representa la agresión y la forma que yo elijo para defenderme. El requisito de la proporcionalidad no se trata que yo sólo estoy autorizado para defenderme de la misma forma en que soy agredido, de modo que si me asaltan con un cuchillo sólo puedo defenderme con un cuchillo. La proporcionalidad se trata de los tipos de peligros: si me asaltan con un cuchillo sólo estoy autorizado para defenderme generando un riesgo comparable al que representa el cuchillo del asaltante. Por eso, si la agresión consiste en que me apunte con un arma de fuego, estoy autorizado para usar otra arma de fuego para defenderme.
¿Qué medidas de seguridad deben tomarse al poseer armas de fuego en Chile?
Para poseer un arma, deben cumplirse los requisitos de inscripción del arma en el Registro Nacional de Armas de la Dirección General de Movilización Nacional, por un lado; y poseer la autorización para poseer esa arma.
¿Qué sanciones o consecuencias legales existen por el uso indebido de armas en Chile?
Tener en la casa un arma, esto es, poseerla y llevar consigo un arma prohibida, es un delito cuya pena es privación de libertad de entre tres años y un día y que puede llegar hasta los diez años. Por su parte, la posesión o tenencia de un arma convencional también es un delito, pero en este caso, la pena, que también es de privación de libertad, puede ser de 3 años y un día hasta 5 años.
¿Cuál es el papel de las fuerzas de seguridad en la regulación del uso legítimo de armas en Chile?
La supervigilancia y el control de las armas en Chile es una competencia que está atribuida por la ley al Ministerio de Defensa Nacional a través de la Dirección General de Movilización Nacional. Adicionalmente, a Carabineros le corresponde un rol de fiscalización de las armas.
¿Se permite el uso de armas no letales, como las pistolas de electrochoque, para defensa personal en Chile?
Las armas basadas en pulsaciones eléctricas, tales como los bastones eléctricos o de electroshock y otras similares, también están reguladas por la Ley de Control de Armas, y a estas se les aplican las exigencias de la legítima defensa en su uso como forma o medio de defensa o protección.
¿Existen mecanismos legales para apelar o impugnar una decisión relacionada con el uso legítimo de armas en Chile?
Sí, la última palabra en estas materias corresponde siempre a los tribunales de justicia, quienes deben decidir si el uso que se hace de un arma en un caso concreto ha sido legítimo o no, esto es, si en ese caso se han cumplido las normas legales que regulan esa utilización.
“Las opiniones vertidas en la presente entrevista son de exclusiva responsabilidad de quienes las emiten y no representan necesariamente el pensamiento de la Universidad Católica del Maule”.
Crédito: DIRCOM UCM.