Defensor Regional del Maule y la Ley Nain: “La existencia de la ley antes de los asesinatos no los habría evitado”
El también académico de la Universidad Católica del Maule, José Luis Craig y el director de la Escuela de Derecho de la misma Casa de Estudios, Emmanuel Bernales, se refirieron a la Ley Nº 21.560 tras su entrada en vigencia.
Conmoción ha generado en el país los últimos tres mártires de Carabineros de Chile, Alex Salazar, Rita Olivares y Daniel Palma, quienes fueron asesinados en medio de operativos policiales en menos de 23 días, motivo que desplazó al Gobierno, Diputados (as) y Senadores (as) para aprobar la denominada Ley Nain-Retamal, la cual le entrega más facultades a la policía uniformada para actuar ante presuntos ataques cuando su vida se vea comprometida.
Tras más de una semana en vigencia, la violencia en contra de los uniformados, en contexto de operativos policiales, ha continuado, por lo que cabe preguntar ¿Es la Ley Nº 21.560 una solución para terminar con los asesinatos a policías en servicio?
Para el Defensor Regional del Maule y académico de la Universidad Católica del Maule (UCM), José Luis Craig Meneses, esta Ley no necesariamente tendrá el éxito esperado, sin embargo, por el momento le está entregando una mayor sensación de seguridad a la ciudadanía.
“Desde el punto de vista penal, los profesores de derecho penal y procesal penal no necesariamente ven en esto una herramienta eficaz a la hora de evitar estos hechos lamentables que es la muerte de un carabinero en servicio”, comenzó diciendo la autoridad en su visita a la inauguración del año académico de la Casa de Estudios Superiores.
Ante posibles soluciones para combatir la delincuencia, el abogado hizo hincapié en que es fundamental fortalecer la educación como una medida más profunda.
“Ojalá que la herramienta penal sirva, pero no es la única que hay que utilizar, son elementos más profundos de políticas públicas preventivas a los que el Estado tiene que recurrir y no necesariamente a este tipo de leyes. Espero que a la Ley Nain le vaya bien en su ejecución, pero es muy probable que si no está acompañada de otras medidas de fondo vamos a estar conversando en un año más y la situación no habrá cambiado”, enfatizó el Defensor Regional del Maule.
¿La Ley habría evitado los crímenes?
Los asesinatos de Carabineros en servicio han enlutado al país por la frialdad con la que se han cometido los crímenes, por lo que la gran crítica que ha realizado la oposición al Gobierno es por no haber apoyado la aprobación de esta Ley cuando el presidente Gabriel Boric era diputado en el 2021, sin embargo, para el abogado José Luis Craig Meneses, es muy probable que la medida no habría evitado los hechos en contra de los uniformados.
“Muy probablemente, la existencia de la ley antes de los asesinatos, no habría evitado que se hubieran producido esos hechos lamentables, pero la población se siente más segura con sanciones más importantes y con rapidez en los procedimientos”, sostuvo Craig.
Una opinión similar tuvo el director de la Escuela de Derecho UCM, Emmanuel Bernales, quien comparó el contexto actual con otro delito.
“Hemos visto que se ha aumentado la pena del delito de femicidio y la pregunta es: ¿Esto ha terminado con ellos o los ha disminuido? La respuesta es clara, no, no nos ha ayudado a disminuirlos. Por lo tanto, yo creo que una norma como ésta viene a colaborar, pero no viene a resolver un problema en particular”, explicó el académico.
De igual forma, Bernales hizo hincapié en que la gran discusión que presenta esta Ley, es una “supuesta alteración de las reglas de valoración de la legítima defensa privilegiada y el cumplimiento de determinados requisitos por parte de quien la invoca, cuestión que requiere de una mayor precisión”.
“Es algo que vamos a tener que ir viendo durante el transcurso del tiempo, pero desde mi postura soy bien crítico en creer que esta norma va a resolver el tema de fondo y forma, es decir, anular y/o minimizar lo que se ha denominado como un aumento de la delincuencia; y por otra parte, pensar que esta nueva legislación por si sola va a proteger más y mejor a las policias y al resto de las Fuerzas Armadas de Orden y Seguridad”, dijo.
Ante ello, el director de la Escuela de Derecho UCM, argumentó que el gran problema se suscita con motivo de lo que será la interpretación por parte de los tribunales de justicia del artículo 7 de la Ley, debido a que “hay ciertos requisitos de la legítima defensa que con esta nueva ley no se deberán probar ya que se presume que concurren en el actuar de las policías”, es decir, habrá una revalorización de la prueba.
En términos simples y prácticos “con esta nueva Ley se establece una presunción legal en cuanto a que siempre que el carabinero repela el ataque de un delincuente se entenderá que su comportamiento estuvo ajustado a Derecho, salvo que se pruebe lo contrario”.
Y agregó: “O sea, serán los fiscales quienes tendrán que probar lo contrario. Ahora bien, si aplicamos las normas generales, si yo realizó una diligencia investigativa en contra de cualquier chileno desde las primeras diligencias se entiende que tiene la calidad de imputado, pero por otra parte, el artículo 6 de la misma ley considera que los funcionarios policiales siempre serán considerados para estos efectos como víctimas, entonces ¿Cómo entendemos y resolvemos esta eventual contradicción?, sobre todo si consideramos que los estatutos jurídicos de víctimas e imputados son diametralmente opuestos”, cuestionó el director de Derecho UCM.