Columna de opinión: “Defensa de la vida”
Albertina Quezada B. académica de la Facultad de Ciencias Religiosas y Filosóficas de la Universidad Católica del Maule.
¿Cuándo el ser humano es realmente una persona que tiene derecho a la vida? Es una pregunta que no debiese formular ningún ser humano que se precie de tal, puesto que la persona humana tiene derecho a la vida desde el momento mismo de la concepción (existencia natural). Por el hecho de ser un fin en sí mismo, esa vida tiene el derecho de ser y estar en el mundo porque merece respeto como cualquier ser humano nacido luego en su tiempo de gestación.
Se dice que “El ser humano debe ser respetado y tratado como persona desde el instante de su concepción y, por eso, a partir de ese mismo momento se le deben reconocer los derechos de la persona, principalmente el derecho inviolable de todo ser humano inocente a la vida” (Encíclica Evangelium vitae 60). Sabemos, sin lugar a dudas, que la vida que se gesta procede de dos personas, papá y mamá, quienes dan lugar a una tercera persona que tiene vida propia independientemente si es fruto del amor o de otras circunstancias.
La permanencia de esa vida en el mundo no depende de las circunstancias en que fue concebida, porque el ser humano tiene un valor en sí mismo, no es un medio para lograr un fin, es un fin en sí mismo. Estas son razones de orden únicamente natural que obligan a respetar el derecho que tiene ese hálito de vida que germina y que necesita vivir y desarrollarse. Este derecho debe estar garantizado por el estado y por sus padres.
El derecho a la vida está compuesto, a su vez, por dos derechos fundamentales: el derecho inherente a la vida y el derecho a la supervivencia y al desarrollo. El derecho inherente a la vida está vinculado al carácter humano y a la dignidad de las personas como valor inalienable. El derecho a la supervivencia y al desarrollo está vinculado a la conciencia de los adultos que tienen la responsabilidad de proteger o defender esa vida, especialmente la de aquellos seres indefensos, “Cuánto más indefensos son los seres humanos, tanto más deben ser preferidos. Motivo por el cual los concebidos, pero aún no nacidos, deben ser especialmente preferidos” (Papa Francisco).
Si lo vemos desde la razón, el ser humano tiene derecho a vivir todas las etapas de su vida, porque ese derecho es fundante de los demás, por lo tanto, si no se respeta no se podría hablar de los demás derechos que tiene la persona, sería una paradoja. En relación a lo manifestado, desde la perspectiva de la fe, dice el Papa Francisco que “El primer derecho de una persona es su vida” y “La situación paradójica se ve en el hecho de que, mientras se atribuyen a las personas nuevos derechos, a veces, aunque supuestos, no siempre se tutela la vida como valor primario y derecho primordial de cada hombre”. Continúa diciendo el Papa que no se puede negar que la vida “Tiene otros bienes y algunos de ellos son más preciosos, pero aquel es el bien fundamental, es condición para todos los demás”. Por lo tanto, mantener y defender ese hálito de vida que se concibió es tarea del género humano porque forma parte de nuestra condición finita, pero también de esa dimensión trascendente a la que estamos llamados.
Finalmente, si se habla de defensa de la vida, se está hablando también de una realidad en donde cabe la posibilidad de atentar contra esa vida incipiente que no se puede defender y de violar ese derecho primigenio que condiciona los demás y que está dado por Dios. Atentar contra la vida de ese ser que recién comienza es condenarlo injustamente a morir como murió Jesucristo por nosotros dice el Papa, porque ese niño no nacido “Tiene el rostro del Señor, quien ya antes de nacer, y después apenas ya nacido experimentó el rechazo del mundo”.
“Las opiniones vertidas en esta columna son de exclusiva responsabilidad de quienes las emiten y no representan necesariamente el pensamiento de la Universidad Católica del Maule”.