Actuar de Carabineros y ordenamiento jurídico
Créditos fotográficos: Ciper Chile
Columna de opinión de Roberto Navarro Dolmestch, académico de la Escuela de Derecho de la UCM (Publicada originalmente en Ciper Chile)
En una comparecencia ante los medios de comunicación el pasado lunes con motivo del atropello de un Carabinero en ejercicio de sus funciones —lamentablemente, el cabo Álex Salazar falleció al día siguiente por las lesiones sufridas—, el general director de Carabineros, Ricardo Yáñez Reveco, declaró lo siguiente:
«Ya basta, ya basta. Si queremos tener un país seguro, si queremos vivir en paz, entreguemos las condiciones, entreguemos las herramientas y trabajemos en conjunto por que las normativas, las leyes, tengan y entreguen las herramientas suficientes para que el carabinero salga a trabajar con tranquilidad y pueda tener la certeza de que lo que va a hacer no va a ser cuestionado, ni por el Ministerio Público ni por las autoridades, ni por nadie. Si no, que sepa que está cumpliendo con la ley y que está haciendo su trabajo en beneficio de todos los ciudadanos del país. […] Y es, efectivamente, lo que hemos conversado en la Comisión de Seguridad, pero yo creo que ya basta de conversaciones si no tenemos las certezas de qué queremos para que Carabineros trabaje de la forma más tranquila. Porque cada uno de ellos hoy piensa efectivamente que, si hace uso de su arma, va a ser cuestionado. Claramente esto ocurre, y los delincuentes se sienten con la libertad de hacer lo que quieran».
En el contexto del actual debate sobre el accionar y los desafíos de Carabineros, las palabras del general Yáñez merecen algunas reflexiones. Una primera cuestión es que dan la impresión de que se está leyendo o escuchando al presidente del sindicato de Carabineros —aunque, por una cuestionable decisión del legislador, los funcionarios policiales no son titulares de derechos sindicales—, o que su director general se ha arrogado, de facto, esa representación. Como sea, no tarda uno en llegar a la conclusión de que son declaraciones inaceptables, toda vez que el diseño jurídico del país obliga a Carabineros a comportarse como una institución no deliberante; y, en consecuencia, nadie en su interior está habilitado para expresar públicamente ese tipo de críticas.
Pero, además, se trata de declaraciones inundadas de inexactitudes y cuestionamientos que les restan soporte racional.
Lo que el general Yáñez expresó esta semana respecto a garantías y legitimidad del trabajo de sus subalternos parte de la premisa que la legislación en vigor no contiene lo que él llama «herramientas suficientes para que el carabinero salga a trabajar con tranquilidad». Esta premisa es falsa. El ordenamiento jurídico en Chile contiene reglas lo suficientemente precisas que regulan el uso de la fuerza en casos como, por ejemplo, la legítima defensa. ¿Es posible que el Director General de la institución las desconozca? Por el bienestar de todos, deberíamos esperar que no sea ese el caso. En este supuesto, entonces, lo que Yáñez hace es criticar esas reglas legales.
Esta conclusión se confirma cuando el general aspira a que un funcionario policial no sea «cuestionado, ni por el Ministerio Público ni por las autoridades, ni por nadie», en caso de ejecutar una acción que implica, por ejemplo, el uso de la fuerza (una expresión no exenta de eufemismos, pero que se entiende describe situaciones tales como el uso del arma de fuego, y llegar a herir o matar a alguien con ella). Pero tal aspiración es inadmisible democráticamente. ¿Acaso es la expectativa de Yáñez sustraer a los funcionarios policiales del control administrativo y judicial por sus acciones? En otras palabras, ¿pretende el general que la ley autorice a los funcionarios policiales a usar la fuerza en cualquier circunstancia y que, además de ello, no deban rendir cuenta de dichas acciones o que no puedan tener responsabilidad jurídica alguna?
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Incluso en el contexto de duelo que hoy vive la institución por la muerte en servicio de uno de sus funcionarios, y la comprensible preocupación por las sucesivos agresiones a uniformados, las palabras que aquí se analizan del general Yáñez se vuelven difíciles de comprender. Ni siquiera en contextos de extremo riesgo para el cumplimiento de su deber hacia la ciudadanía el accionar de efectivos de Carabineros puede quedar exento del control y de la responsabilidad. ¿Comprenderá el general Yáñez los efectos que tendría, por ejemplo, la eliminación de la exigencia de proporcionalidad de acuerdo con la cual una reacción defensiva que afecte la vida de otro sólo está permitida cuando es la propia vida del funcionario policial la que está amenazada?
Algo más: una expresión como «los delincuentes se sienten con la libertad de hacer lo que quieran» es completamente demagógica, realizada sin el apoyo empírico requerido por su carácter fenomenológico (es, simplemente, una generalización falaz) y que puede ser miel para los sectores filofascistas ubicados en la extrema derecha del arco político, con o sin representación parlamentaria. La hipótesis del director general es que, como los «delincuentes» están dispuestos a todo, también los funcionarios policiales deberían estar, en consecuencia, autorizados a todo. Es decir, frente a delincuentes sin límites deberíamos tener policías ídem.
La anterior es una idea que excede las declaraciones puntuales que aquí se comentan, pero que no por eso dejan de ser graves insertas en el debate general sobre seguridad nacional y combate a la delincuencia. Se trata de una postura que desconoce la presunción de inocencia (el «delincuente» sólo es tal después del dictado de una sentencia condenatoria en su contra), y que además muestra residuos de la dicotomía «amigo/enemigo» como elemento fundante de la doctrina de la seguridad nacional que tantos sufrimientos ha causado en nuestro continente y que es la negación absoluta de la democracia. Para los enemigos: fuerza bruta. El problema es definir quiénes son los amigos y quiénes los enemigos.
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En una sociedad que aspire a la racionalidad, las reglas sobre el uso de la fuerza por funcionarios policiales deberían prever estándares superiores a las que se aplican a los civiles en iguales circunstancias. Esa sociedad debería contar con policías altamente entrenados y perfectos conocedores del ordenamiento jurídico. Puede que ahí radique el problema; y que las recientes palabras del general Yáñez estén dirigidas a soslayar esas deficiencias. El sentido democrático indica una dirección contraria a la de reglas laxas y ausencias de control; y requiere policías capacitados y conocedores de las reglas del juego: protocolos claros, comprensibles y diseñados en función de situaciones reales; así como policías conscientes de lo que significa concretar el monopolio exclusivo de la fuerza estatal.
En un momento en que la ciudadanía expresa repetidamente el combate a la delincuencia como una prioridad, este tipo de regulación en el actuar policial no pasa a un lugar secundario, sino que al contrario, precisamente como fortalecimiento de ese necesario ejercicio de la autoridad.
“Las opiniones vertidas en esta columna son de exclusiva responsabilidad de quienes las emiten y no representan necesariamente el pensamiento de la Universidad Católica del Maule”.
Link de la publicación: https://www.ciperchile.cl/2023/03/16/actuar-de-carabineros-y-ordenamiento-juridico/